Problemática de trabajadores CAS al crearse un estatus laboral injusto vulnera el principio constitucional de no discriminación en Municipalidad Provincial Arequipa 2021
Abstract
El objetivo del presente trabajo de investigación es probar que la problemática de trabajadores ingresados por el régimen laboral de contratación administrativa de servicios CAS al declararse la inconstitucionalidad de la Ley 31131 por sentencia del Tribunal Constitucional se estaría creando un estatus laboral injusto de remuneraciones congeladas, que vulnera el principio constitucional de no discriminación en Municipalidad Provincial Arequipa 2021. Es de tipo básico, no experimental, se recolecta información de una muestra de 50 respondientes sobre un cuestionario de 8 preguntas vinculadas al tratamiento de los trabajadores CAS por el sistema de administración. En ese sentido, el clamor nacional de los diversos trabajadores a nivel nacional como instituciones gremiales han tenido eco en los representantes del Congreso, es por ello el Congreso de la República del Perú aprobó el 9 del mes de marzo del año 2021 la Ley Nº 31131, que establece disposiciones para eliminar la discriminación en los regímenes laborales del sector público, de acuerdo con el art. 108 de la Constitución Política del Perú, que permite al Parlamento derogar definitivamente el Decreto Legislativo Nº 1057 de la Administración Pública, a pesar de las preocupaciones y oposiciones planteadas por el Poder Ejecutivo, que se vieron materializadas en una demanda por Inconstitucionalidad de la Ley Nº 31131 de fecha 10 de mayo del 2021. Este año se decidió que los artículos 1, 2, 3, 4 (segundo párrafo) y 5, así como las disposiciones complementarias finales primera y segunda de la Ley 31131, eran inconstitucionales, ya que la demanda sólo se fundamentaba parcialmente. El 30 de noviembre del año 2021 el Tribunal Constitucional decidió que los artículos 1, 2, 3, 4 (segundo párrafo) y 5, así como las disposiciones complementarias finales primera y segunda de la Ley 31131, eran inconstitucionales, ya que la demanda sólo se fundamentaba parcialmente. Es de precisar que la sentencia del Tribunal Constitucional deja vigente el artículo 4, que trata sobre el derecho a contratos a plazo indeterminado. Esto ha dado como resultado que los trabajadores de origen CAS que han alcanzado el beneficio de contratos a plazo determinado, estén en una burbuja laboral, por un lado con el benéfico que ya no podrán ser apartados de sus trabajos al antojo de sus empleadores y por el otro, están en una incertidumbre laboral, pues, no se hace en la práctica la supresión de las desigualdades laborales, como son horarios, sueldos, labores asignadas por igual sueldo con los otros trabajadores o el buen trato como trabajadores, como todos los demás.